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Que pasa si mi moto tiene placas de otro estado

Los conductores con placas de circulación de otros estados que no sean de la Ciudad de México deben conocer una serie de obligaciones.

A partir de 2020, se restringe la libre circulación de cualquier vehículo con matrícula que no sea de la Ciudad de México, con el fin de reducir el tráfico excesivo y las emisiones contaminantes.

Esto podría ser un dolor de cabeza para quienes viven en las zonas metropolitanas que comprenden los estados de México o Morelos. Además, a partir de 2022, también se establece un paquete económico en el que la tenencia y uso de vehículos ahora requiere que el propietario cuente con una matrícula de la CDMX.

Se establece entonces «la obligación para las personas físicas y morales, tenedoras o usuarias de vehículos, que tengan su domicilio en la Ciudad de México, de obtener la expedición de placas de matrícula para dichos vehículos ante las autoridades correspondientes», según consta en el documento del plan propuesto.

Esta medida se adoptó para evitar la evasión fiscal de los conductores al adquirir vehículos «en relación con el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, ya que se ha normalizado la práctica de los contribuyentes de registrar vehículos en otros estados donde la tasa impositiva es menor o incluso inexistente», señala el documento.

Qué pasa si un vehículo tiene placas de otro estado circulando en la CDMX?

La medida sólo aplica para vehículos nuevos. El valor predeterminado es de entre 521 y un máximo de 911 pesos mexicanos.

No significa que cualquier vehículo con placas de otro estado esté sujeto a estas obligaciones. Pero básicamente, si eres residente de la CDMX, no puedes registrar tu vehículo con una placa de otro estado.

Es decir, si compras un vehículo dentro de la jurisdicción de la ciudad y lo registras en cualquier otra entidad federativa, podrías ser multado con el monto antes señalado.

Sin embargo, como señala el nuevo estatuto, según la Secretaría de Finanzas, esta sanción «no puede ser impuesta por la policía y no impide la realización de cualquier trámite en la Ciudad, ni justifica su imposición al momento de realizarlo».