
¿Qué debo hacer si quiero personalizar mi moto?
Para el ciclista más íntimo,poseer y lucir una moto única que destaque es importante para satisfacer su esencia.Por ello,muchos recurren a personalizar o diseñar Disfraces.Dale a tu moto detalles que la hagan única y reflejen el estilo y la personalidad de cada conductor.
Sin embargo,debe tener en cuenta que bajo la normativa colombiana,debe notificar o solicitar autorización para personalizar su motocicleta en determinadas circunstancias.
Estas normas las establece el Departamento de Transporte y es importante que las conozcas para evitar incumplirlas.Solicitud de Autorización de Diseño Disfraces en su motocicleta,proceda con el Registro Nacional de Vehículos Automotores.
No se puede modificar bajo ninguna circunstancia.
Comencemos por comprender qué aspectos de su motocicleta están exentos de modificaciones,incluso si está tratando de solicitar la autorización de la autoridad correspondiente.Queremos decir:
¿Qué puede modificar la autorización?
Color de la motocicleta
Se puede cambiar siempre que el cambio se haya registrado con la autoridad de transporte correspondiente.Esto se debe a que hay especificaciones en la factura o título de propiedad de cada vehículo.Por ejemplo,si tu título dice que tu moto es roja y la pintas de negro,cuando la vendes,o si alguna autoridad lo exige,si el color no coincide con la descripción oficial,corres el riesgo de tener problemas y la ley.
Peso y Dimensiones
La especificación establece: “Se podrán realizar modificaciones sin afectar a las características especificadas por el fabricante y sin alterar sus características de seguridad.”
En atención a lo anterior,y previa autorización,se deberá modificar lo siguiente:
Siempre que las dimensiones y el peso originales del vehículo no se hayan alterado significativamente con respecto a las especificaciones del fabricante.
Siempre que no afecten la percepción del cambio de color del vehículo.
Se pueden modificar libremente (es decir,cambiar sin autorización o registro):
Lámpara
El reglamento establece que está terminantemente prohibido modificar los dispositivos de iluminación de las motocicletas,tales como: sirenas,luces estroboscópicas y/o luces de alta intensidad,y dispositivos similares destinados a ser utilizados por vehículos policiales,ambulancias,bomberos,unidades de emergencia como rescate,militares,autoridades de tránsito y vehículos gubernamentales.
Por lo demás,puedes tener luces personalizadas para tu moto (siempre y cuando sean luces blancas o ámbar) si no vienen con faros antiniebla de fábrica.También puedes sustituir los faros halógenos originales por faros LED o de xenón.
NOTA: Si ha actualizado su sistema de faros,asegúrese de alinear el nuevo sistema de faros para iluminar correctamente su camino sin deslumbrar a los vehículos que vea en la corriente trasera.
Resonador
Para muchos ciclistas,el sonido de la bicicleta es parte de disfrutar de la experiencia de conducción.Pero debes asegurarte de no infringir las reglas al modificar una bicicleta con un resonador.La norma establece que el rango máximo de emisión de ruido de las motocicletas no debe exceder los 86dB.
Neumático
El código establece que puede modificar su motocicleta con llantas que no sean las originales,siempre que las dimensiones y el peso especificados por el fabricante no cambien significativamente.
Si tienes dudas sobre estas u otras modificaciones que desees realizar a tu motocicleta,deberás comunicarte con la autoridad correspondiente para que te asesoren en el proceso de autorización y cambio de matrícula.
Una vez que hayas decidido cómo personalizar tu vehículo,recuerda que contamos con la más amplia gama de accesorios y componentes originales de cualquier concesionario Honda del país,para que le des a tu moto la verdadera esencia de la personalidad motociclista.